SANCIONES EN QUE PUEDES INCURRIR POR NO DEPOSITAR LAS CUENTAS ANUALES DE TU EMPRESA
No depositar las cuentas puede salir caro.

SANCIONES EN QUE PUEDES INCURRIR POR NO DEPOSITAR LAS CUENTAS ANUALES DE TU EMPRESA
El depósito de las cuentas anuales individuales y consolidadas en el Registro Mercantil tiene carácter obligatorio, incluso para sociedades inactivas. Su incumplimiento tiene dos consecuencias:
- El cierre registral para la inscripción de documentos por la sociedad incumplidora.
- La imposición de una multa por importe de 1.200 a 60.000 euros para empresas con una facturación menor a 6 millones de euros anuales. Si tu empresa factura más de 6 millones de euros, el límite de la multa para cada año de retraso se elevará a 300.000 euros.
Si los documentos se depositan con anterioridad al procedimiento sancionador, la sanción se impondrá en su grado mínimo y reducida en un 50%.
Esta sanción resulta aplicable a todas las infracciones cometidas en los últimos 3 años.
No obstante, el retraso en la presentación de las cuentas anuales, no siempre conlleva una sanción, esto es, cuando se presentan antes del 31 de diciembre del siguiente ejercicio.
Las sociedades extranjeras con sucursales en España están obligadas a depositar sus cuentas anuales, incluso cuando su legislación no lo prevea. En caso contrario, le resulta de aplicación el mismo régimen sancionador por el incumplimiento de la obligación de depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil que el establecido para las sociedades de capital.
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