CLAUSULA MULTIDIVISA (BANCO POPULAR)
Estimación de el calculo del perjuicio ocasionado por la aplicación de la claúsula multidivisa.
El perjudicado por la clausula multidivisa del Banco Popular, solicitó la anulación de la Clausula Multidivisa del contrato de préstamo hipotecario y la aplicación subsidiaria del Euribor., recalculando por tanto el capital que se adeuda a fecha de la interposición de la demanda, una vez descontadas las amortizaciones e intereses pagados, tal y como sería un préstamo hipotecario absolutamente normal que se liquida en la moneda propia del país en el que se celebra dicho contrato e imposición de costas a la entidad demandada.
En la vista, el economista de Scio Veritas pudo defender los calculos realizados en su informe pericial, en el cual acreditaba un perjuicio económico ocasionado a los actores por haber estado referenciado al yen japonés y libor en vez de al euro y Euribor en la fecha 1 de febrero de 2008 es de 21.341,32 €. A día de la demanda los actores deben más dinero que el solicitado en un inicio, a pesar de haber pagado 64.448,32 euros, siendo imposible a día de hoy pasar la hipoteca a euros y Euribor puesto que de hacerlo tendría que abonar 100.141,97 euros en vez de los 88.992,75 euros que restarían por abonar si el préstamo hubiera sido referenciado al euro y al Euribor.
El juez estimo la demanda, condenando al Banco a anular la clausula y restituir los capitales según los calculos realizados por este perito.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 11 DE GRANADA, S E N T E N C I A Nº 158/2018, tres de septiembre dos mil dieciocho
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